Un afiliado al que su isapre le cerró su plan por hacer mal uso de una licencia médica presentó un requerimiento de inaplicabilidad presentado ante el Tribunal Constitucional, el que puso en debate el artículo 201 N°3 del DFL N°1 del Ministerio de Salud, La mencionada norma permite a las Isapres poner término unilateral al contrato de salud de un afiliado por supuesto “uso indebido de beneficios”, incluyendo fraude en licencias médicas, sin que medie previamente un juicio que determine su responsabilidad. Esta situación ha generado un intenso debate público, pues enfrenta dos principios relevantes: la necesidad de proteger la sostenibilidad financiera del sistema de salud frente a eventuales abusos, y el derecho de las personas a la seguridad social y al debido proceso. “Este requerimiento abre un debate importante y necesario para el sistema de salud chileno.
El artículo en cuestión busca resguardar la integridad de los recursos del sistema, pero al mismo tiempo genera dudas sobre cómo se equilibra esa protección con las garantías constitucionales de las personas. Es un tema complejo que merece ser analizado con seriedad, considerando tanto la sostenibilidad financiera de las Isapres como los derechos de los afiliados”, señala Matías Stäger, fundador y CEO de QuePlan. cl.
A lo anterior, agrega que “durante los últimos años hemos visto un aumento en la fiscalización en los casos relacionados con licencias médicas. Ello refleja tanto una mayor preocupación por el buen uso de los recursos como la necesidad de contar con procesos claros, transparentes y que respeten el debido proceso. Desde QuePlan.
cl creemos que es fundamental que tanto las instituciones como los usuarios cuenten con reglas claras y mecanismos que generen confianza en el sistema”. A diferencia de las Isapres, Fonasa no cuenta con una facultad equivalente para desvincular unilateralmente a un afiliado. Al tratarse de un sistema de afiliación obligatoria por ley, Fonasa puede iniciar acciones administrativas, recuperar recursos y aplicar sanciones, pero la relación se rige por normas de derecho público, por lo que la terminación del vínculo no opera de la misma forma que en el sistema privado regulado.
El caso ha generado opiniones divididas en la ciudadanía y en el mundo jurídico. Mientras algunos sostienen que las Isapres deben disponer de herramientas eficaces y expeditas para enfrentar posibles fraudes, otros argumentan que la desvinculación de un afiliado del sistema de salud es una medida de tal gravedad que debería requerir siempre la intervención previa de un juez.