El Estado dispone de beneficios económicos y herramientas laborales para personas en situación de cesantía. En Chile, trabajadores desempleados pueden acceder al Seguro de Cesantía, Fondo de Cesantía Solidario, Bolsa Nacional de Empleo y Subsidio de Cesantía. Estos beneficios entregan apoyo económico, capacitación y acceso a ofertas laborales, según requisitos como cotizaciones, causa de despido y registro en plataformas oficiales.

Estar sin trabajo no resulta agradable para ninguna persona. Razones hay muchas, pero la época de cesantía resulta incómoda por múltiples razones. Las cuentas que pagar, el transporte público, el alza en el costo de la vida, la vestimenta y otras necesidades deben costearse y por eso se busca cómo financiar esos aspectos.

En vista de aquello es que el Estado pone a disposición, a través de sus diversos organismos, algunas ayudas que sirvan para mitigar los efectos en el bolsillo que provoca la cesantía. Seguro de cesantía Este beneficio depende de la Superintendencia de Pensiones. Esta subvención es un seguro de protección económica dirigido a las y los trabajadores dependientes que se encuentren desempleados.

Consiste en una cuenta individual en la que se deposita un porcentaje mensual del sueldo del trabajador. Estas cotizaciones son obligatorias y pueden ser descontadas por el empleador (no así por contratos de plazo fijo o por obra). Al momento que la o el trabajador queda cesante y cumple con los requisitos que establece la ley, puede retirar el dinero acumulado en esta cuenta mediante giros mensuales.

En el caso de que el dinero disponible en la cuenta resultara insuficiente y si la persona cumple con los requisitos establecidos por la ley, se puede solicitar el complemento del Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario. Para acceder debes cumplir con los siguientes requisitos: Tener tu cédula de identidad vigente. Tener afiliación a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Acreditar que estás cesante con un documento válido, como el finiquito. Cumplir con uno de estos dos requisitos: Diez cotizaciones mensuales del seguro de cesantía (AFC) para contrato indefinido (desde tu afiliación o último uso del seguro). Cinco cotizaciones del seguro de cesantía (AFC) para contratos a plazo fijo u obra (desde tu afiliación o último uso del seguro).

No podrán acceder al seguro las siguientes personas: Trabajadoras/es sujetas/os a contrato de aprendizaje. Personas menores de 18 años de edad hasta que los cumplan. Trabajadoras/es pensionadas/os y pensionadas/os, salvo que la pensión se hubiere otorgado por invalidez parcial.

Empleadas/os públicas/os. Funcionarias/os de las Fuerzas Armadas y de Orden. Trabajadoras/es independientes o por cuenta propia.

Trabajadores(as) que participan como socios(as) (mayoritario o igualitario) y que administran o representan a la empresa que informan como empleador(a). Fondo de Cesantía Solidario (FCS) Este beneficio depende de la Superintendencia de Pensiones. Es un complemento monetario al seguro de cesantía.

Este se entrega a las y los trabajadores cuyo saldo sea insuficiente para financiar las prestaciones mínimas que la ley establece. Este complemento se obtiene a partir de un fondo solidario que se genera desde los aportes del empleador y del Estado. Si la o el trabajador queda cesante puede optar a cobrarlo, cuando el dinero acumulado en su cuenta individual es insuficiente y cuando la o el trabajador realiza la solicitud.

Debes cumplir con los siguientes requisitos: Acreditar que estás cesante con un documento válido, como el finiquito. Tener afiliación al Seguro de Cesantía. Si no estás afiliado puedes hacerlo en el siguiente formulario.

Registrar en tu cuenta individual del Seguro de Cesantía un saldo insuficiente para cubrir los pagos que te corresponderían de acuerdo con tus ingresos. Contar con diez cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario dentro de los 24 meses anteriores al despido. Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.

Haber sido despedido o despedida por una de las siguientes causas de término de contrato: Vencimiento del plazo convenido en el contrato (causal 159-4). Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (causal 159-5). Caso fortuito o fuerza mayor (causal 159-6).

Necesidad de la empresa (causal 161). Quiebra del empleador/a (causal 163 bis). Inscribirte en el sitio web de la Bolsa Nacional de Empleo en un plazo máximo de 96 horas, después de haber solicitado el beneficio.

Bolsa Nacional de Empleo (BNE) La Bolsa Nacional de Empleo (BNE), dependiente de la Subsecretaría del Trabajo, es un instrumento destinado para la búsqueda y el ofrecimiento de vacantes de empleo para trabajadores, trabajadoras y empresas chilenas. La utilidad de esta plataforma es: La Intermediación Laboral para facilitar la búsqueda de empleo. Obtener la certificación del cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario.

Certificar tus competencias laborales, a través de Chile Valora. Acceder a ofertas de capacitación de SENCE. Programar entrevistas de trabajo.

¿Qué es la Intermediación Laboral? Es un modelo que tiene como objetivo entregar un conjunto de servicios y programas para aumentar la empleabilidad de las y los usuarios a través de instancias efectivas de reclutamiento y selección en las que se consideren oportunidades laborales que se ajusten al perfil de los postulantes. Subsidio de Cesantía (pagado por IPS o cajas de compensación) Permite a trabajadores y trabajadoras que se encuentran cesantes acceder a una ayuda económica mensual por un período máximo de 360 días.

Este beneficio otorga derecho a: Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud. Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas. Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que la persona beneficiaria fallezca.

El beneficio debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o Caja de Compensación), que también será la encargada de su pago, por mes vencido, desde la fecha de presentación de la solicitud hasta que se cumplan los 360 días. Para ello se debe cumplir con los siguientes requisitos: Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía. Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.

Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación. Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador. Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).

Preguntas clave sobre beneficios por cesantía en Chile ¿Qué beneficios existen para personas cesantes en Chile? Incluyen el Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario, la Bolsa Nacional de Empleo y el Subsidio de Cesantía, que combinan apoyo económico, acceso a empleo y capacitación. ¿Cuántas cotizaciones se necesitan para cobrar el seguro de cesantía?

Se requieren 10 cotizaciones para contrato indefinido o 5 para contratos a plazo fijo u obra, además de acreditar cesantía y estar afiliado a la AFC. ¿Cuánto tiempo dura el Subsidio de Cesantía? Puede entregarse por un período máximo de 360 días, con pagos mensuales y beneficios adicionales como atención médica y asignaciones familiares.