El Bono Invierno 2026, que tiene como objetivo ayudar a financiar los gastos de estos meses, es uno de los beneficios más esperados en esta época. Ya estando a mediados de abril, van quedando pocas semanas para que comiencen sus pagos. Este aporte, que NO es postulable, se entrega por una sola vez a las personas mayores de 65 que cumplen con los requisitos.

Te contamos 5 claves para que conozcas todo acerca de este incentivo a continuación: 1. FECHA DE PAGO DEL BONO INVIERNO El beneficio se pagará a los beneficiarios junto con su pensión correspondiente a mayo de 2026. Puedes consultar en el siguiente portal de ChileAtiende y el Instituto de Previsión Social (IPS) la fecha y forma de pago.

2. MONTO DEL BONO INVIERNO Este 2026, el Bono Invierno asciende a un monto de $81. 257, que se entregará por una vez.

Este valor no es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos. El Bono Invierno busca ayudar a las personas a costear los gastos propios de esta temporada. 3.

REQUISITOS DEL BONO INVIERNO 2026 Para calificar al pago de 2026, las personas deben tener 65 años o más (al 1 de mayo de 2026) y pertenecer a alguno de estos grupos: Pensiones contributivas: Pensionada o pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de las mutualidades de empleadores. Debes recibir un monto inferior o igual a $231. 440 (valor de la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más).

Pensionada o pensionado de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que recibe una pensión mínima con garantía estatal. Si eres beneficiaria o beneficiario de la PGU y no recibes otra pensión, tendrás derecho al bono aunque el monto de la PGU supere los $231. 440 (pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más).

Pensiones especiales de reparación: Personas beneficiarias de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura. Pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos. Pensión no contributiva de exonerados políticos.

Pensiones contributivas con APSV, con PGU o con pensión especial de reparación: Si recibes un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) con una pensión contributiva, el monto debe ser igual o inferior a $231. 440 (valor de la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más). Si eres beneficiario de la Pensión Garantizada Universal (PGU) y estás pensionada o pensionado en algún régimen previsional, el monto debe ser igual o inferior a $231.

440 (valor de la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más). 4. QUIÉNES NO PUEDEN RECIBIR EL BENEFICIO Las personas que reciben más de una pensión no tendrán derecho al Bono de Invierno, salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a $231.

440 (valor de una pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más). Tampoco podrán acceder quienes sean titulares de estos beneficios: Subsidio de Discapacidad: porque está dirigido a personas menores de 18 años. Indemnización del carbón: por no estar contemplados en la ley.

Si recibes otra pensión, tampoco puedes acceder al bono, a pesar de que sumen menos del tope definido. 5. CÓMO SABER SI ERES BENEFICIARIO/A Revisa tu liquidación con tu ClaveÚnica.

Ingresa tu RUT en el siguiente portal de ChileAtiende, el cual informa la fecha y forma de pago de las pensiones u otros beneficios. Solicita una videoatención en ChileAtiende. Llama al call center ChileAtiende 101 o al +56 44 236 20 00 (si estás en el extranjero).

Dirígete a una sucursal ChileAtiende.