“El recurso de nulidad, a diferencia de un recurso de apelación, no es un recurso que se interponga solo por la insatisfacción de los intervinientes con el resultado de la sentencia, sino que tiene que concurrir algún tipo de causal de nulidad“, explicó. En la misma línea, Chong recalcó que para determinar si la sentencia incurre en algún tipo de causal, “necesitamos hacer una revisión exhaustiva del contenido de la misma, no pudiendo derivarse necesariamente causales ni del veredicto”.