El proyecto de reconstrucción nacional logró sortear su primer trámite legislativo con 90 votos a favor en su idea de legislar. La propuesta se sostiene sobre tres pilares: incentivos masivos a la inversión, alivio tributario a las familias y medidas de emergencia para zonas golpeadas por incendios y catástrofes. Incentivos a la inversión y alivio al bolsillo El "pilar pro-crecimiento" contempla una reducción gradual del Impuesto de Primera Categoría, que bajará del 27% al 23% (exceptuando a pymes, que mantienen su régimen especial).

Además, para atraer capitales a largo plazo, se aprobó la invariabilidad tributaria por 25 años, una medida que generó fuertes críticas en sectores que la consideran una limitación a la soberanía del Congreso. En el ámbito social, destacan beneficios de alto impacto: Personas Mayores: Eliminación total del pago de contribuciones para la vivienda principal a mayores de 65 años. Vivienda: Exención transitoria de IVA para la compra de viviendas nuevas.

Servicios Básicos: Obligación de las empresas de reconectar gratis y sin condiciones de deuda a usuarios en zonas de catástrofe. Crédito: Prohibición del "anatocismo" o cobro de intereses sobre intereses. El conflicto de la Sala Cuna Universal Uno de los puntos más polémicos fue la aprobación de una indicación parlamentaria para establecer la Sala Cuna Universal.

Aunque fue celebrada transversalmente, el Ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, hizo reserva de constitucionalidad, argumentando que el Congreso no tiene facultad para crear normas que afecten directamente el gasto público, una potestad exclusiva del Ejecutivo. Reservas y dudas constitucionales El paso del proyecto al Senado no será sencillo. Legisladores de diversas bancadas impugnaron el estatuto de invariabilidad tributaria, señalando que discrimina a favor de grandes inversores.

Asimismo, se cuestionaron normas medioambientales que podrían comprometer indemnizaciones fiscales por "expectativas de aprobación" de proyectos, lo que fue calificado como una vulneración al debido proceso y a la potestad jurisdiccional de los tribunales ambientales.