La propuesta busca fortalecer los estándares de conducta exigibles en el ejercicio de la función parlamentaria, reforzando principios esenciales como la probidad, la responsabilidad en el ejercicio del cargo y la confianza pública en las instituciones. El mecanismo planteado establece que los controles tendrán un carácter aleatorio, acotado, periódico y no permanente, de modo que todos los legisladores puedan quedar sujetos a este procedimiento al menos una vez por período legislativo, sin perjuicio de que puedan ser sorteados hasta en dos oportunidades durante el mismo ciclo. Asimismo, el texto precisa que estos controles deberán ser ejecutados por una entidad o laboratorio especializado y legalmente habilitado, bajo resguardo de la cadena de custodia y la confiabilidad del proceso.

En caso de incumplimiento injustificado del control o de un resultado positivo sin justificación médica suficiente, la Comisión de Ética y Transparencia podrá aplicar sanciones contempladas en el Reglamento, incluyendo multas. En caso de reiteración, podrá disponerse además un nuevo control dentro del año siguiente.