La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las condenas en el proceso que investiga el secuestro calificado y la aplicación de torturas en contra de Cristian Mallol Comandari y Héctor González Osorio, ambos miembros del Comité Central del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR, ocurrido entre diciembre de 1974 y septiembre de 1975, y perpetrado por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA. La Sala, conformada por los ministros Hérnan Alejandro Crisosto, Mauricio Rettig (s) y la abogada integrante Paola Herrera, condenó a los brigadieres del Ejército y exmiembros de la DINA, Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko a 12 años de presidio, como autores del secuestro calificado de ambas víctimas. Otro agente, José Aravena Ruiz, sargento segundo de Carabineros, fue condenado a siete años como autor del secuestro calificado de Cristian Mallol Comandari.

Con esta resolución el tribunal de alzada capitalino confirmó las condenas dictadas por la ministra en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago Paola Plaza González, en septiembre de 2025. La abogada querellante, Carolina Vega, valoró la sentencia, señalando que “después de décadas de impunidad por fin se ratifica la condena contra los responsables de torturas brutales. Los familiares han cargado durante años con el dolor y las secuelas de estos crímenes”.

De acuerdo con la investigación, ambas víctimas fueron detenidas en diciembre de 1974 y brutalmente torturadas mientras estuvieron prisioneras en los distintos centros clandestinos de la DINA. Según se detalla en la sentencia, ambos padecieron apremios físicos y psicológicos de extrema gravedad. Mallol estuvo detenido cerca de dos años y fue liberado en noviembre de 1976, mientras que González recuperó su libertad nueve meses después de su detención.

Operación “Conferencia de Prensa” En Chile, el 20 de febrero de 1975, cuatro dirigentes del MIR, entre ellos Mallol y González, junto a Humberto Menanteau Aceituno y José Hernán Carrasco Vásquez, fueron obligados por la DINA a participar en una conferencia de prensa donde dieron dar a conocer un falso listado de dirigentes y militantes del MIR que se encontraban muertos, detenidos o exiliados, con el objetivo de demostrar su derrota y justificar un llamado a “deponer las armas y rendirse”. En la ocasión, tanto Miguel Krassnoff como Marcelo Morén Brito se encontraban sentados y confundidos entre los periodistas que participaron de la conferencia. Con el tiempo se pudo comprobar que se trataba de un montaje, ya que los cuatro miristas se encontraban detenidos y habían sido forzados mediante la tortura, a participar de dicha acción comunicacional.

Según informó el estudio jurídico Caucoto, al cual pertenece la abogada Vega, esta operación, ideada por Pedro Espinoza, se inscribe en un objetivo mayor, que era preparar el camino hacia la llamada “Operación Colombo”, por medio de la cual fueron creados dos medios de prensa falsos, en Argentina y Brasil, los cuales publicaron una lista de 119 miristas que según dichos medios habían sido eliminados en medio de purgas internas, lo que dio pie al famoso titular del diario La Segunda que rezaba “Exterminados como ratones”. Los cuatro dirigentes del MIR obligados a participar en la conferencia de prensa fueron liberados en septiembre de 1975. Humberto Menateau y Hernán Carrasco fueron asesinados en diciembre de ese año, apareciendo sus cuerpos mutilados en el sector de Chada, en la comuna de Paine.

Sólo sobrevivieron Mallol y González, quienes abandonaron el país. De acuerdo a la investigación de la magistrada Plaza,“el 7 de diciembre de 1974, alrededor de las 10 a 11 hrs, Cristian Mallol Comandari, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario, MIR, quien a la época de los hechos tenía 26 años de edad y se encontraba viniendo en la clandestinidad, fue aprehendido en las inmediaciones del inmueble ubicado en calle Manuel Salas N°347, departamento 21, comuna de Ñuñoa, que correspondía a su antiguo domicilio, el que había abandonado algún tiempo antes, por un grupo compuesto por alrededor de cuatro agentes de la DINA”. La sentencia explica que cuando era capturado “uno de los agentes encargado de ejecutarlo disparó en contra de Cristian Mallol, quien resultó lesionado por una esquirla en la cabeza, luego fue herido por una bala en una de sus piernas, recibiendo después otro impacto”.

Ante ello fue llevado al cuartel clandestino de “Villa Grimaldi”, donde fue severamente golpeado. Después fue enviado al cuartel “Terranova”, en el que permaneció hasta el mes de abril de 1975, periodo en el que recibió descargas eléctricas en distintas partes de su cuerpo y permaneció encadenado de pies y manos durante la mayor parte del tiempo. Tras ello fue derivado a otros cuarteles clandestinos, como “Cuatro Álamos” y “Tres Álamos”, así como y al campamento de detenidos de Puchuncaví, donde estuvo alrededor de diez meses, hasta que logró recuperar su libertad, saliendo del país con destino a Francia en noviembre de 1976.

El 06 de diciembre de 1974, en tanto, fue detenido Héctor Hernán González Osorio, por un grupo fuertemente armado de agentes de la DINA, en el centro de Santiago, quienes lo llevaron a “Villa Grimaldi”, lugar donde fue golpeado repetidas veces, siendo interrogado mediante aplicación de corriente eléctrica en distintas partes del cuerpo en la denominada “parrilla”, que era un catre metálico dispuesto para ese efecto, y sometido a otras sesiones de malos tratos consistentes en golpes constantes en los oídos, en la cara, procediendo a sumergirle la cabeza en un barril con agua sucia, golpes de pies y puños en diferentes partes del cuerpo, situación que se extendió a los días siguientes. Allí estuvo detenido alrededor de seis meses y luego fue trasladado a “Cuatro Álamos”, hasta que en septiembre de 1975 fue llevado a su domicilio, anunciándole que recuperaba su libertad, con la condición de abandonar el país a la brevedad, tras lo cual se exilió en España.