El incumplimiento en el pago de pensiones alimenticias continúa siendo una de las principales problemáticas que afectan a miles de familias en Chile. No obstante, en los últimos años la legislación ha incorporado nuevas herramientas destinadas a perseguir a quienes mantienen deudas y evitar que el cumplimiento dependa únicamente de la voluntad del deudor. Así lo explicó José Pablo Marín, académico de la Universidad Central sede Región de Coquimbo, quien detalló cómo se origina la obligación alimentaria y cuáles son las consecuencias legales que enfrentan quienes incumplen con este deber.

Según indicó, la obligación de pagar alimentos puede establecerse mediante una mediación aprobada judicialmente o a través de una sentencia dictada por un tribunal de familia. “Esto es un derecho irrenunciable y que, una vez decretado, ya sea por la aprobación del tribunal de una mediación o por una sentencia judicial, generalmente se establecen unidades tributarias mensuales”, explicó. El académico sostuvo que, una vez fijado el monto, el pago pasa a ser obligatorio y, en caso de incumplimiento, comienza a acumularse una deuda que permite activar distintos mecanismos de cobro, conocidos legalmente como “apremios”.

Entre las medidas que pueden decretar los tribunales se encuentran el arraigo nacional, la retención o suspensión de la licencia de conducir y la retención de impuestos. Además, en casos de deudas más elevadas, también puede ordenarse arresto. “Es arresto y no prisión”, precisó Marín, indicando que generalmente se trata de privaciones de libertad acotadas, que pueden extenderse hasta por 15 días.

El especialista destacó además que en los últimos años se han implementado nuevas herramientas legales para rastrear patrimonio y recursos económicos de quienes mantienen deudas por alimentos. En ese sentido, explicó que los tribunales actualmente pueden oficiar a instituciones bancarias para investigar cuentas corrientes, fondos disponibles y otros antecedentes financieros de los deudores, con el objetivo de concretar el pago de lo adeudado. A ello se suma el mecanismo que permite utilizar fondos previsionales para cubrir deudas de pensión alimenticia, medida incorporada recientemente a la normativa chilena.

Otro de los aspectos que subrayó el académico es que actualmente el incumplimiento deliberado podría incluso derivar en responsabilidades penales bajo la figura de violencia económica. “Hay una persona obligada al pago de alimentos y que tiene los medios para pagar, pero incumple de forma deliberada con la intención de generar un menoscabo. Eso podría ser constitutivo de un delito actualmente”, señaló.