Este viernes 1 de mayo de 2026 (Día del Trabajador), parte del comercio, como supermercados, grandes tiendas y locales de conveniencia, deberá cerrar sus puertas debido a que es feriado irrenunciable, de acuerdo con lo establecido en la Ley 19. 973. Esto quiere decir que durante el feriado, el empleador no puede pedirle a sus colaboradores que trabajen, no puede ofrecerle dinero a cambio para que realice sus labores ese día, tampoco puede mover su turno para otro día, y menos hacer coincidir su jornada laboral con su descanso semanal.
Sin embargo, algunos establecimientos y servicios están exceptuados de la medida, y podrán atender público durante este viernes. Día del Trabajador ¿Qué locales están abiertos hoy viernes 1 de mayo de 2026? Según indica la norma, el feriado irrenunciable del Día del Trabajador tiene vigencia entre las 21:00 horas del jueves 30 de abril y las 6:00 horas del sábado 2 de mayo.
Entre todas esas horas, el comercio tiene prohibido funcionar. Sin embargo, existen algunas excepciones. La normativa establece que la regla exceptúa a: • Restaurantes.
• Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets. • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos. • Casinos de juego legalmente autorizados.
• Establecimiento de venta de combustibles (bencineras o bombas de bencina). • Farmacias de urgencia y de turno. • Tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles, que preparen comida en el mismo local.
Además, según un dictamen de la Dirección del Trabajo, no existe impedimento legal para que un negocio abra en un día de feriado irrenunciable, siempre que la atención sea efectuada directa o personalmente por su dueño. 🚨 El 1 de mayo es feriado irrenunciable para el comercio. Esto significa que las y los trabajadores de este rubro tienen derecho a descansar este día.
❌ El empleador no puede exigir que trabajen, no puede ofrecer dinero a cambio, ni compensar ese descanso en otro día, ni… pic. twitter. com/vPfo5rDid8 — Dirección del Trabajo (@DirecDelTrabajo) April 30, 2026 Multas por no respetar el feriado irrenunciable Según consignó la DT, aquellos empleadores que no cumplan con la obligación de cerrar durante el feriado irrenunciable se arriesgan a multas que van desde las 5 UTM ($352.
940 a mayo de 2026) hasta las 20 UTM ($1. 411. 760 a la fecha) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores totales de la empresa.
Además de la sanción económica, los empleadores sorprendidos en infracción deberán poner término inmediato al turno y cerrar el local. Sobre esa línea, la Dirección del Trabajo informó que atenderá denuncias a través de su sitio web, asegurando que desplegará un programa nacional de fiscalización, que incluirá controles aleatorios en todo el país.