Observaciones procesales Desde el punto de vista procesal, la Corte Suprema no presentó mayores objeciones al plazo ni al régimen recursivo de la reclamación judicial contra el monto fijado por una comisión de peritos. “Ambos parecen compatibles con el acceso a la jurisdicción y con los criterios previamente sostenidos por la Corte Suprema”, sostiene el informe. Sin embargo, el tribunal es enfático en una omisión: “El proyecto debiera precisar expresamente cuál es la Corte de Apelaciones competente, para evitar dudas interpretativas y asegurar una regla clara de acceso al tribunal”.

Esta precisión resulta necesaria a la luz de lo señalado en el motivo undécimo del propio informe. El proyecto también introduce cambios en las medidas cautelares que paralizan proyectos con resolución de calificación ambiental favorable. “En relación con las medidas cautelares, el proyecto busca evitar paralizaciones indefinidas de proyectos que cuentan con resolución de calificación ambiental favorable, estableciendo un plazo inicial de 30 días, renovaciones fundadas y un límite máximo total de 6 meses”, releva el oficio.

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