Señor Director: El reportaje publicado por su diario el sábado 9 de mayo, titulado “Los flancos que se abren para Enap tras manipulación de datos de emisiones: Arista penal, administrativa y organizacional” omite información sensible y argumentos técnicos. Pero, más grave aún, establece responsabilidades, incluso penales, con una desconcertante liviandad. Es fundamental reiterar que fueron los mecanismos internos de control de Enap —fortalecidos desde 2019— los que detectaron las inconsistencias en enero de 2026.
No hubo denuncia externa, ni fiscalización previa y la empresa actúo de oficio y proactivamente. Nuestra compañía identificó las discrepancias, activó una investigación interna e informó al Directorio en el mismo mes de enero; y fue este órgano quien ordenó presentar una denuncia ante el Ministerio Público el 29 de abril y enviar la información a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Esto refleja, precisamente, lo que un sistema sólido de gobierno corporativo debe practicar siempre y en todo lugar: detectar, investigar y denunciar si así lo amerita la situación.
Adicionalmente, su artículo sugiere que los hechos revisten riesgos para la salud, sin contextualizar que desde 2019 hasta hoy, todas las estaciones del Sistema de Información Nacional de Calidad del Aire aledañas a la Refinería Aconcagua de Concón, muestran el fiel cumplimiento de las Normas Primarias de Calidad de Aire. Esta información, con cifras e índices comprobables empíricamente, debió ser consignada como parte central de su reportaje. Del mismo modo, llama poderosamente la atención que se utilicen ciertos argumentos retóricos —que en el contexto del reportaje revisten carácter de delito—, sin esperar las investigaciones en curso que son las únicas llamadas a establecer verdades irrefutables, sobre la naturaleza de los hechos y las eventuales responsabilidades.
Prejuzgar y deslizar imputaciones de esta forma intenta poner en duda el rigor con que hemos abordado este trabajo. Enap opera bajo la supervisión de la Superintendencia de Medioambiente, la Contraloría y el Congreso Nacional, entre otros. Su gobierno corporativo se rige por la Ley 21.
025. Además, tiene siete comités especializados operando bajo estándares superiores a la exigencia legal y un directorio diverso y técnico. Nuestro sistema alertó oportunamente, hemos actuado dentro de la institucionalidad para dar curso a las investigaciones y la compañía se ha regido y opera bajo estrictos protocolos de cumplimiento para asegurar el suministro de combustible a Chile y cumplir fielmente con las leyes que nos mandatan -con mayor exigencia- por ser una empresa estatal, al servicio del país y de los chilenos y chilenas.
Por último, cabe precisar que el reportaje está construido principalmente sobre fuentes anónimas y voces en off, que no asumen ninguna responsabilidad sobre opiniones, a lo menos, cuestionables. Cristián Muga, Consuelo Raby, Laura Albornoz, Rodrigo Azócar, Ximena Corbo, Nolberto Díaz y Rodrigo Manubens Directores de Enap NOTA DE LA REDACCIÓN: Tanto la ministra de Energía, Ximena Rincón, en forma previa, como el presidente del directorio de ENAP, en declaraciones en el reportaje de Señal DF, calificaron como “grave” la presunta manipulación de datos de emisiones de la refinería de Aconcagua. Los hechos descritos en la crónica en ninguna parte sostienen que las inconsistencias detectadas hubiesen surgido a partir de una denuncia externa.
Por el contrario, el artículo es explícito en detallar que fueron mecanismos internos, de control y supervisión, los que condujeron a una investigación de la empresa, que derivó en la presentación de una denuncia ante el Ministerio Público y en la entrega de antecedentes a la SMA. El reportaje tampoco “sugiere que los hechos revisten riesgos para la salud”, por cuanto recoge las declaraciones de ENAP respecto de que “no habría afectación para las personas” y expone la decisión del directorio de no autodenunciarse por no contar en ese momento con una cuantificación sobre los efectos en la salud de las personas. Asimismo, las eventuales sanciones de la SMA y los presuntos delitos económicos que podrían configurarse, ambos abordados en la crónica, lejos de dar cuenta de “argumentos retóricos”, exponen la opinión técnica de la Superintendencia de Medio Ambiente y de abogados expertos, citados en el artículo.