Estructura institucional para la protección del conocimiento Los resultados, añadió la vicerrectora, responden a un trabajo institucional sostenido en la construcción de un sistema que incentiva la protección del conocimiento. «El contar con una Unidad de Propiedad Intelectual ha sido diferenciador respecto a otras instituciones, junto con las acciones de concursos internos para la generación de patentes, reconocimiento en evaluaciones académicas a autores de propiedad intelectual concedidas y con beneficio crecientes que son recibidos por la UdeC a través de licencias y que se comparten con sus autores en forma anual», dijo. Asimismo, valoró el trabajo de los equipos de la Oficina de Transferencia y Licenciamiento (OTL) y de la Unidad de Propiedad Intelectual (UPI).

“Estoy muy contenta porque ellos hacen posible esto, aparte de todos los académicos, obviamente, que hacen el trabajo de innovación”, manifestó. El jefe de la Unidad de Propiedad Intelectual, Felipe Burgos Osorio, enfatizó que la protección del conocimiento es un componente central del ecosistema de innovación de la UdeC. «Los resultados de la investigación deben ser protegidos para ser transferidos a la sociedad y vincularse a través de la transferencia tecnológica.

Esto forma parte de la tercera misión de la Universidad; entonces la propiedad intelectual viene a empaquetar esos relevantes resultados de investigación», sostuvo. Debido a la naturaleza de la actividad científica de la institución, Burgos precisó que las patentes de invención son el principal instrumento de protección. «Hay también derechos de autor, por supuesto hay marcas comerciales, que protegen signos distintivos, pero acá principalmente se protegen patentes de invención, que es una manifestación de la calidad y la cantidad de investigación y desarrollo que existe en la Universidad».

En la delegación UdeC que asistió a la ceremonia estuvo Verónica Salcedo Morales, especialista de la Unidad de Propiedad Intelectual (UPI), quien destacó la trayectoria sostenida de la institución en este reconocimiento, entregado desde 2011. “Para nosotros es un honor, un privilegio”, afirmó. Salcedo explicó que el trabajo técnico de la UPI es clave en estos resultados.

“Nosotros acompañamos desde que llega el investigador el día uno (…) ayudamos con la búsqueda, la redacción y la tramitación completa en Inapi”, lo que permite avanzar de manera eficiente en la protección de las innovaciones. Entre las áreas con mayor número de solicitudes se encuentran ingeniería, farmacia, biotecnología y ciencias biológicas. Además, relevó la alta tasa de éxito: “Tenemos una alta tasa, más del ochenta y cinco por ciento de las patentes son concedidas”.

Publicar, patentar y transferir: caminos complementarios Uno de los debates más recurrentes es la aparente tensión entre la publicación científica y la protección de resultados. Para la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo, ambos caminos no solo son compatibles, sino también complementarios. «La publicación científica pone la generación de conocimiento como un bien público y reconoce la autoría de quienes generan este conocimiento.

El compatibilizar eso con la protección intelectual que protege los resultados debe verse como dos formas distintas de contribuir a la sociedad a través de la generación de conocimiento e innovación, que siguen caminos alternativos y que dependen del tipo de conocimiento y potencial uso a corto plazo», sostuvo la vicerrectora Andrea Rodríguez. La directora ejecutiva de la Oficina de Transferencia y Licenciamiento, Andrea Catalán Lobos, explicó que la propiedad intelectual permite establecer formalmente la autoría de una invención y gestionar su uso. «La propiedad intelectual permite reconocer la autoría y propiedad de un activo.

Es decir, tras un análisis, realizado en Chile por Inapi, se acredita que lo que estás pidiendo proteger es tuyo. Y eso es muy importante, porque sólo cuando la sociedad reconoce que algo te pertenece, puedes tomar decisiones sobre ese activo: guardarlo, venderlo, arrendarlo, regalarlo, etc», dijo. Respecto a la definición de inventores, Felipe Burgos recordó que esta condición tiene implicancias jurídicas y económicas.

«Usualmente el inventor o inventora es el mismo titular o dueño de la patente. En el caso de los investigadores que trabajan en la Universidad no es así; la Institución es la titular de la patente, y los investigadores tienen el derecho a la paternidad de la investigación, que es que su nombre aparezca asociado a ella». Asimismo, destacó el incentivo establecido en el reglamento institucional: «Ante cualquier monto de dinero que la Universidad reciba por la explotación de la patente, un porcentaje irá a ese inventor o grupo de inventores.

En el caso de la Universidad de Concepción, es el 50%. Es decir, el inventor o investigadores, pese a no ser titulares de la patente, recibirán un reconocimiento económico muy relevante que es la mitad de lo que la Universidad recibe», detalló. Finalmente, la directora de la OTL subrayó que patentar no implica necesariamente comercializar, sino ampliar las opciones de transferencia.

«Tener la propiedad sobre el conocimiento no sólo permite venderlo o entregarlo al mercado. La Universidad puede decidir ofrecerlo para su libre uso, y de esa forma, se protege un modelo de masificación diferente, gratuito. Pero además, cuando se entrega a una empresa para su comercialización, se garantiza que tendrán una ventaja competitiva en el mercado, diferenciándose de otros gracias a esta novedad», señaló.

En esa línea, agregó que la protección también genera beneficios directos para los investigadores. «Si una empresa implementa con éxito una tecnología y obtiene ganancias, debe pagar regalías a la Universidad, y el 50% de esas regalías se comparten con las y los inventores de esa tecnología. Se trata de un estímulo económico por desarrollar algo que tiene uso e impacto concreto en el mercado, en la sociedad, en organizaciones públicas, o donde se instale esa invención», afirmó.