Faltan nueve días para que entre en vigencia una nueva etapa de la ley de 40 horas, la rebaja de la jornada laboral de 44 a 42 horas. Bajo ese contexto, la Dirección del Trabajo (DT) publicó, ayer, dos dictámenes que abordan aspectos sensibles para empresas y trabajadores. En concreto, la forma de aplicar la rebaja de jornada cuando no existe acuerdo entre las partes, y los criterios para determinar qué cargos pueden quedar excluidos del límite de jornada bajo el artículo 22 del Código del Trabajo.

Los pronunciamientos generaron inmediatas reacciones entre expertos laborales, quienes en su mayoría valoraron que la DT haya precisado criterios operativos de cara al hito del próximo 26 de abril, en tanto, desde el mundo sindical, la Central Unitaria de Trabajadores y Trabajadoras de Chile (CUT) criticó duramente la decisión. Reglas en caso de falta de acuerdo El dictamen sobre reducción de jornada ratifica que la vía principal para implementar el ajuste sigue siendo el acuerdo entre las partes. Sin embargo, cuando no exista entendimiento, establece reglas supletorias.

En jornadas distribuidas en cinco días, la rebaja deberá aplicarse reduciendo una hora al término de la jornada en dos días distintos. En jornadas de seis días, deberá concretarse con 50 minutos en dos días y una fracción adicional en un tercer día. Al respecto, Cristina Fernández, Managing Director Tax, Employment & Compensation de KPMG Chile, señaló a Emol que el punto central del pronunciamiento es que "la reducción de 44 a 42 horas debe materializarse como una reducción efectiva del tiempo de trabajo".

Añadió que la ley privilegia el acuerdo entre las partes y que la DT reconoce esa lógica. "Son las partes del contrato de trabajo, empleador, trabajador y organizaciones sindicales en su caso, quienes deberán acordar cómo se aplicará la reducción de jornada", sostuvo. Asimismo, indicó que el dictamen permite acreditar la aplicación de la rebaja mediante antecedentes razonables cuando no exista acuerdo formal.

"Entrega a las partes la facultad de determinar la forma en que se aplicará la reducción, según la realidad operacional de cada empresa", afirmó. En la misma línea, Bárbara Cherres, Senior Associate de Moraga y Cía. , destacó que el texto "rectifica su interpretación anterior del año 2024 e intenta otorgar mayor certeza jurídica de cara al hito del 26 de abril".

Valoró además que se establezcan unidades claras de distribución horaria, lo que —a su juicio— facilita la implementación y fiscalización. Con todo, advirtió que persisten espacios abiertos. "Su principal debilidad persiste en la noción del ‘medio idóneo’ para acreditar el intento de acuerdo con trabajadores, al no establecer parámetros mínimos", planteó.

Artículo 22 y exclusión de jornada El segundo dictamen aborda el artículo 22, norma que permite excluir a ciertos trabajadores del límite de jornada cuando, por la naturaleza de sus funciones, no existe fiscalización superior inmediata. La DT sostuvo que el análisis debe hacerse caso a caso y que la sola existencia de herramientas tecnológicas, sistemas de marcación, reportes o plataformas de seguimiento no basta, por sí sola, para acreditar supervisión directa. Fernández señaló que el criterio "interpreta a la norma según su texto y espíritu", al excluir de la limitación de jornada según la naturaleza de las funciones desempeñadas por el trabajador.

A su juicio, la interpretación previa había ampliado excesivamente la limitación de jornada, por lo que "el dictamen reincorporaría el criterio de flexibilidad implícito en esta norma, aplicable según la naturaleza de las funciones desempeñadas por el trabajador", agregó. En tanto, Andrea Inostroza, directora de Deloitte Legal, coincidió en que el nuevo criterio "se ajusta a los principios de la ley y va en la dirección correcta". Explicó que la existencia de estructuras jerárquicas no implica necesariamente supervisión directa.

"Aun cuando exista una estructura de reporte jerárquico, ello no implica que se esté bajo supervisión directa", indicó. También sostuvo que la tecnología no modifica por sí sola la naturaleza de la relación laboral. "Si el fin principal del desarrollo tecnológico no es control, entonces no cambia la naturaleza de la relación laboral", afirmó.

CUT critica ambos dictámenes Desde la Central Unitaria de Trabajadores y Trabajadoras de Chile (CUT), en tanto, rechazaron los pronunciamientos de la DT. En una declaración pública, la multisindical sostuvo que la medida es "profundamente grave: es ilegal y le quita certezas a las trabajadoras y trabajadores". Según la organización, "se pretende eliminar, por vía administrativa, los elementos que establece el Código del Trabajo en su artículo 42 a) para presumir que un trabajador tiene derecho a una jornada de trabajo".

"El efecto que provoca es claro: reducir el universo de trabajadores que puedan acceder a las 42 horas en la actualidad", agregó. Asimismo, afirmó que la reinterpretación "busca burlar la ley, para que existan más personas trabajando sin límite de jornada". La CUT también cuestionó a la DT y acusó que el organismo "debilita el rol administrativo protector que le corresponde al autolimitar sus facultades en materia de interpretación".