El jueves 1 de mayo es Día Nacional del Trabajo y uno de los cuatro feriados irrenunciables del año en Chile. Eso significa que todos los supermercados del país deben cerrar sin excepción. Pero hay algo que mucha gente no considera: el miércoles 30 de abril también tiene horario especial y cierra antes de lo habitual.
Si tienes pendiente ir al supermercado esta semana, aquí están los datos que necesitas. El miércoles 30 cierra antes: los horarios por cadena Las principales cadenas de supermercados adelantan su cierre el día previo al feriado irrenunciable. Basado en lo informado por cada cadena en años anteriores, los horarios estimados para este miércoles 30 de abril son los siguientes: Jumbo y Santa Isabel cierran a las 19:30 horas.
Lider cierra a las 19:00 horas y Lider Express a las 19:30 horas. Superbodega Acuenta y Central Mayorista cierran entre las 19:00 y las 19:30 horas. Tottus cierra entre las 19:00 y las 20:00 horas según el local.
Unimarc, Mayorista 10, Alvi y Super 10 cierran a las 19:30 horas. Estos horarios están basados en los informados por cada cadena en ediciones anteriores del feriado. Te recomendamos confirmar en el sitio web o app de tu supermercado antes de salir, ya que pueden variar según el local.
El jueves 1 de mayo: cerrado sin excepciones para el comercio minorista El feriado irrenunciable está establecido en la Ley 19. 973 y prohíbe al comercio minorista operar ese día. Eso incluye todos los supermercados, tiendas de retail, farmacias de cadena, malls y strip centers.
No importa el tamaño ni la cadena: todos deben cerrar. Qué sí puede atender el 1 de mayo La ley contempla excepciones específicas para ciertos establecimientos que pueden operar el día del feriado irrenunciable. Pueden abrir restaurantes y locales de comida preparada, cines y espectáculos en vivo, casinos de juego y entretenimiento, locales comerciales dentro de aeropuertos y aeródromos, bencineras y las tiendas de conveniencia asociadas a ellas, y farmacias de turno o urgencia fijadas por la autoridad sanitaria.
También pueden funcionar los locales atendidos directamente por su propietario. Qué pasa si tu empleador te obliga a trabajar ese día Ningún empleador del comercio puede exigir a sus trabajadores que laboren el 1 de mayo. Si eso ocurre, es una infracción grave denunciable ante la Inspección del Trabajo en dt.
gob. cl o en la inspección de tu comuna. Las empresas que incumplan enfrentan multas de entre 3 y 60 UTM por cada trabajador afectado.