Por otro lado, la Ley 21. 757 (“Más Mujeres en Directorios”) introduce un mecanismo progresivo que limita la sobrerrepresentación de un mismo sexo en los directorios de sociedades anónimas abiertas y empresas del Estado, estableciendo inicialmente un máximo de 80% entre 2026 y 2028, y equilibrándose de manera progresiva en el tiempo. Estos dos avances regulatorios no son independientes.
Responden a una misma lógica: fortalecer la calidad del gobierno corporativo. La sostenibilidad, entendida bajo el marco ASG, no se limita a reportar impactos ambientales, incluye también dimensiones sociales y de gobernanza; y dentro de estas, la composición del directorio es un elemento estructural. La diversidad no es un aspecto reputacional, es un factor que incide directamente en la calidad de la gestión estratégica.
La evidencia internacional muestra que equipos directivos con mayor diversidad tienden a mejorar la calidad del debate estratégico, fortalecer la gestión de riesgos y reducir sesgos en la toma de decisiones. En otras palabras, la ley de participación femenina no es un gesto aislado de equidad. Se alinea con una concepción moderna de sostenibilidad que exige directorios más robustos, capaces de enfrentar entornos regulatorios, climáticos y sociales cada vez más exigentes.
El estándar 2026 no solo incrementa obligaciones de información, eleva el nivel de responsabilidad estratégica del directorio. Una gobernanza sostenible no depende únicamente de políticas o comités. Depende de la calidad, diversidad y competencia de quienes conducen la empresa.