Desde octubre de 2025, está vigente en el país un nuevo régimen tributario para la importación de bienes, el cual se modificó en respuesta a la explosión de paquetería que ingresó especialmente durante la pandemia, favorecida por una generosa exención. A dicha fecha, las adquisiciones desde el exterior se eximían del pago de IVA y de aranceles si tenían un valor de hasta US$ 41 por unidad. Esto llevaba a que muchos compradores adquirieran productos valorizados por debajo de ese umbral para gozar del beneficio.
La Ley de Cumplimiento Tributario eliminó esa ventaja y la reemplazó por un nuevo cobro de IVA para los bienes internados, que opera con un tope de hasta US$ 500. A través de esto, las autoridades buscaron reducir el espacio para evasión de IVA y de aranceles, así como combatir el comercio informal que se veía impulsado por la citada franquicia. Sin embargo, la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) detectó una serie de complicaciones a la hora de la aplicación de la norma.
A través de un informe de 20 páginas que remitió al Servicio Nacional de Aduanas, la Dedecon advirtió que detectó masivos casos de contribuyentes a quienes se les aplicó un doble cobro del gravamen. Luego de una investigación, el organismo logró comprobar la duplicidad de cargos por IVA y aranceles a contribuyentes que realizaron importaciones de compras a través de plataformas internacionales debidamente inscritas en el Registro de Tributación Simplificada IVA del Servicio de Impuestos Internos (SII). El universo afectado alcanzaría a más de 30.
000 importaciones. Ricardo Pizarro, defensor nacional del Contribuyente. Foto: Julio Castro Los problemas Según el reporte, las primeras alertas se levantaron cuando afectados recurrieron a la Dedecon, denunciando que tuvieron que realizar pagos duplicados o en exceso de IVA tras la compra de bienes mediante plataformas digitales, registradas en el SII, domiciliadas en el extranjero.
Esta situación se “agravó” en casos de retención prolongada de los bienes adquiridos por los consumidores, ya que -dice el reporte- las autoridades competentes condicionaron a un nuevo pago de IVA la liberación de las mercancías. “Lo anterior, por cuanto no permitieron acreditar por el contribuyente importador el cobro de IVA retenido en la plataforma digital, haciendo inaplicable la exención”, señala el documento. En estas situaciones existía un monto cobrado por concepto de IVA por el operador de la plataforma digital, registrado en Chile conforme a la normativa vigente; y, posteriormente, un nuevo cargo de IVA a la importación recaudado por Aduanas, a través de la empresa de Correos de Chile en ingresos vía postal o por la empresa de envío rápido (Courier) correspondiente.
Si bien la Ley estableció una exención para evitar esta doble tributación en productos menores a US$ 500, la regulación administrativa impide al contribuyente importador acreditar su procedencia, dice la Dedecon. De esta forma, las deficiencias en la aplicación de esta exención ponen “en riesgo la correcta aplicación de la ley y, en particular, los derechos de los contribuyentes”, resolvió el informe técnico generado por el equipo de expertos tributarios de la Dedecon. El organismo recomendó en el informe la implementación de un procedimiento administrativo que permita a los importadores verificar y acreditar oportunamente el cobro previo del IVA antes del proceso de ingreso del producto al país, evitando así la doble tributación.
El defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, enfatiza que este es el primer reporte que se envía a Aduanas, donde se detectó un “vacío en la coordinación institucional y en la existencia de mecanismos eficaces para verificar pagos y restituir oportunamente sumas cobradas en exceso, trasladando al contribuyente cargas indebidas”. “Aunque los errores puedan representar un porcentaje menor dentro del total de transacciones, ello no justifica que sus consecuencias terminen siendo soportadas por los contribuyentes. No resulta entendible que una persona que cumplió íntegramente con las exigencias legales deba posteriormente perseguir la restitución de pagos efectuados en exceso o incluso verse obligada a pagar de más para poder acceder a su producto”, lanzó la autoridad.