Pero por instrucciones expresas del gobernador Flies, el querellante se opuso a la terminación de la causa a través de un sobreseimiento definitivo, en atención a que entienden que en relación a estas tres personas si se habría cometido el delito de injurias, mediante entrevistas realizadas en radio y programas de televisión. Según Rebolledo lo hicieron ejerciendo derechos en su calidad de consejeros regionales o periodistas, “pero se dirigieron en términos de denostar, menoscabar y deshonrar a don Jorge Flíes Añón”. El tribunal, una vez conocida la postura de la parte querellante, se manifestó en el sentido de que respecto de estas tres personas (Arecheta, Riquelme y Avendaño), “efectivamente es posible llevar adelante un juicio en el cual se determine si las expresiones alegadas por esta parte como querellante constituyen o no injuria”.
La audiencia de procedimiento simplificado quedó fijada para el día 2 de junio del año 2026 a las 8,30 horas. La resolución es apelable ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas Esta querella se origina por los dichos en el marco de la compra de la residencia familiar adolescente para Punta Arenas. Los querellados hicieron una denuncia por “graves irregularidades y conflictos de interés”.
Según Flies nada de lo que se afirmó resulta ser real ni constitutivo de ilícito alguno. “La finalidad de los querellados es una sola, generar deshonra, descrédito y menos precio”.