“De esta forma, la Superintendencia no ha innovado el ordenamiento jurídico, sino que ha dado cumplimiento a un mandato legislativo específico destinado a fortalecer los estándares técnicos del sistema previsional. En estas condiciones, mal puede calificarse de ilegal una norma que constituye la ejecución directa de una habilitación legal expresa y concreta”, señaló en el escrito. Finalmente, y al sumar otros argumentos, la Superintendencia de Pensiones solicitó al tribunal de alzada rechazar el recurso de protección de las AFP, ya que, en su interpretación, la norma no dañó sus garantías constitucionales y se dictó bajo sus competenciales legales.