El escenario evidencia las complejidades prácticas de una reforma que, si bien apunta a mejorar la calidad de vida de los trabajadores, requiere adecuaciones específicas según cada rubro. En este contexto, el reciente dictamen de la Dirección del Trabajo ha reforzado que la rebaja de jornada debe ser real y efectiva. Según el dictamen reciente de la Dirección del Trabajo (ORD.

N°142/09, 2026), si no hay acuerdo entre las partes, se aplica una fórmula obligatoria sin acuerdo que consiste en que, para jornadas de cinco días, se debe reducir una hora dos días de la semana, y, para jornadas de seis días, se debe reducir 50 minutos dos días y 30 minutos otro día. La rebaja debe aplicarse al término de la jornada. Desde la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) han surgido críticas a dicho dictamen, porque la “regla única” impuesta puede terminar perjudicando a los trabajadores, especialmente en sectores con turnos, al reducir su capacidad de incidir en cómo se aplica la rebaja y facilitar prácticas que desnaturalizan el espíritu de la ley, que es mejorar efectivamente la calidad de vida de los trabajadores.

Con la entrada en vigencia de esta nueva etapa, el foco estará puesto en la fiscalización y en la capacidad de diálogo entre empresas y sindicatos. Santiago, 17 de abril de 2026.