El Subsidio Unificado al Empleo, abreviado como SUE, es un nuevo beneficio que, si bien aún no comienza a entregarse, buscará ayudar a trabajadores y empleadores del sector privado, promoviendo así el trabajo decente y el empleo formal. Este fue aprobado por la Cámara de Diputadas y Diputados el 2 de marzo, y publicado a través de la Ley 21. 808 el 13 del mismo mes.

El beneficio, que será administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), podría alcanzar hasta $185. 000 mensuales y está destinado a cuatro grupos prioritarios con baja inserción laboral. Uno de los puntos claves del nuevo subsidio es que reemplazará a tres importantes beneficios laborales.

Te contamos cuáles y el porqué a continuación: ¿Qué beneficios laborales reemplazará el SUE? Los tres subsidios que unificará el SUE son los siguientes: Subsidio al Empleo Joven (SEJ) Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes Esta medida tiene como fin modernizar y simplificar los subsidios estatales al empleo, ampliar su cobertura y mejorar la eficiencia del gasto público. Debido a que el SUE reemplazará al SEJ y el BTM, ya NO se puede postular a estas ayudas.

Cabe mencionar que existirá un periodo de transición que se extenderá desde promulgada la ley hasta 2027, con suspensión de concesiones y de pagos mensuales, además de un módulo único y específico de concesión por tránsito. ¿A quiénes está dirigido el Subsidio Unificado al Empleo? De acuerdo con la Ley 21.

808, que entrará en vigencia el 1 de octubre del 2026, el SUE beneficiará a las siguientes personas trabajadoras (dependientes o independientes) pertenecientes a grupos prioritarios: Personas jóvenes de entre 18 y 24 años, 11 meses y 30 días de edad. Mujeres de entre 25 años y 54 años, 11 meses y 30 días de edad. Personas desde los 55 años.

Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, desde los 18 años. El SENCE explica que los trabajadores dependientes que pertenezcan a los grupos beneficiados y cumplan con los requisitos tendrán derecho a un subsidio en dinero por un porcentaje no superior al 20% de su remuneración bruta y el monto estará sujeto a tres tramos de renta. Los independientes, por su parte, deberán acreditar tener una renta no superior a 2,25 IMM en el año respectivo.

En cuanto a los empleadores, estos deberán tributar en primera categoría y cumplir con requisitos como pago de cotizaciones y multas laborales, entre otros. Requisitos del SUE Según el SENCE, los requisitos son: Ser trabajador o trabajadora dependiente regida por el Código del Trabajo y/o trabajador o trabajadora independiente que registre rentas según lo indicado en el art. N°42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y tener los pagos de cotizaciones previsionales al día.

Acreditar una renta bruta mensual menor o igual a 2,25 IMM. Acreditar que, en el plazo de los dieciocho meses anteriores a su postulación, registra a lo menos seis meses de desempleo continuos u ocho meses de desempleo discontinuos. Esto se verificará mediante registros del AFC para trabajadores dependientes y mediante cotizaciones previsionales para personas que provengan del sector público.

Estar comprendido en el rango del 40% al 60% del Registro Social de Hogares para los distintos grupos prioritarios, excepto el grupo de personas discapacitadas, para las cuales no se aplicará este criterio. El porcentaje específico para cada ejercicio será establecido en decreto conjunto del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y el Ministerio de Hacienda, en abril de cada año.