La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) informó que desde este domingo 24 de mayo comenzarán a regir nuevos requisitos para la emisión de licencias médicas en el país. La medida surge tras las modificaciones realizadas en 2025 a la Ley N° 20. 585 sobre otorgamiento y uso de licencias médicas.

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Con esta normativa, solo podrán emitir estos documentos los profesionales de la salud que estén inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (RNPI), administrado por la Superintendencia de Salud. Quiénes podrán emitir licencias médicas La normativa establece que médicos cirujanos, cirujanos dentistas y matronas deberán cumplir con los requisitos legales para mantenerse habilitados. En el caso de quienes obtuvieron su título profesional desde el 19 de abril de 2009, deberán acreditar la aprobación del Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom).

Sin embargo, la ley contempla excepciones para médicos especialistas y subespecialistas certificados en Chile por entidades autorizadas por el Ministerio de Salud, como Corporación Nacional de Certificación de Especialidades Médicas (Conacem).