Corte de Coyhaique confirma medidas cautelares respecto de bienes del senador Calisto en causa por fraude al fisco En una decisión que refuerza la línea investigativa por fraude al fisco, la Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa del imputado Miguel Ángel Calisto Águila, confirmando las medidas cautelares reales sobre parte de su patrimonio. Según informó Diario El Divisadero el 10 de abril de 2026, el tribunal de alzada ratificó lo resuelto por el Juzgado de Garantía de Coyhaique, que había acogido la solicitud del Consejo de Defensa del Estado para asegurar eventuales responsabilidades civiles derivadas del delito. La Primera Sala del tribunal, integrada por los ministros Pedro Castro, Luis Aedo y el fiscal judicial Jaime Álvarez, desestimó los argumentos de la defensa relativos a falta de fundamentación, improcedencia y desproporción de la medida.
En su fallo (causa rol 89-2026), los jueces sostuvieron que “esta Corte, en decisión confirmada por la Excma. Corte Suprema, estableció la existencia de antecedentes revestidos de realidad y plausibilidad suficientes para la formación de causa en contra del imputado”, lo que permitió tener por configurado el presupuesto cautelar del fumus boni iuris. El tribunal puso especial énfasis en la proporcionalidad de la medida, señalando textualmente: “Atendido que el perjuicio fiscal investigado asciende aproximadamente, al día de hoy, a $103.
000. 000, resulta suficiente restringir la medida a bienes cuyo avalúo cubra proporcionalmente dicho monto”. En ese sentido, los magistrados estimaron que dicha finalidad se satisface con la cautelar real decretada respecto del inmueble ubicado en calle El Vergel N° 2405, departamento 804, comuna de Providencia, y su bodega N° 20, “evitando así una afectación excesiva del patrimonio del imputado”.
Por último, la resolución confirmó expresamente lo dictado el 11 de marzo de 2026 por el Juzgado de Garantía de Coyhaique, limitando las medidas cautelares reales exclusivamente a esos dos bienes. El fallo, conocido por El Divisadero, concluye que se rechaza la apelación “con declaración que éstas se limitan exclusivamente al inmueble ubicado en calle El Vergel N° 2405, departamento 804 […] y a la bodega N° 20 asignada al mismo”, quedando a salvo el resto del patrimonio del parlamentario en el marco de la investigación por fraude al fisco.