En junio de 2025, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) emitió una norma que establece la fórmula y los componentes del pago mínimo en tarjetas de crédito, así como las situaciones excepcionales en que las entidades puedan eximir a los deudores de dicho pago. “Aunque pagar el monto mínimo en tarjetas de crédito puede ofrecer flexibilidad durante periodos complejos desde el punto de vista financiero, es importante tener en cuenta que esta opción suele conllevar el pago de más intereses y prolongar el plazo de la deuda”, señaló en su oportunidad la entidad. Pago mínimo en tarjetas de crédito ¿En qué consiste esta norma?

Básicamente, lo que busca esta nueva normativa es aumentar el pago mínimo en las tarjetas de crédito, con el objetivo de frenar el sobreendeudamiento que tienen los chilenos. La normativa plantea que el pago mínimo se determinará como la suma de los siguientes componentes: • El Monto No Financiable (MNF): Es el monto que considera las cuotas sin interés pagaderas en el periodo de facturación, así como intereses, comisiones y otros cargos, tales como impuestos, cargos adicionales, primas de seguros, entre otros. Deberá pagarse sí o sí cada mes.

• Un porcentaje de 5% del Monto Financiable (MF): es la diferencia entre el total facturado y los MNF, el cual incluye las cuotas con intereses pagaderas en el periodo de facturación. “Por ejemplo, si con el pago mensual de su tarjeta de crédito una persona solo amortiza el 1% del saldo, el deudor podría tardar casi 180 meses en saldar la totalidad de su deuda, acumulando un 160% en intereses. En contraste, el hecho de amortizar el 5% del saldo insoluto en cada periodo reduciría este tiempo de pago a 60 meses, con una acumulación de intereses del 40%”, explicó la CMF.

La norma también comprende excepciones. Por ejemplo, si estás pasando por un mal momento económico, tu banco puede concederte el no pago de tu deuda hasta por dos meses consecutivos, siempre y cuando esta se salde dentro de los 24 meses siguientes y quede debidamente justificada ante la CMF. ¿Cómo se implementará y cuándo entra en vigencia?

La incorporación de las cuotas sin interés al MNF se realizará de manera gradual, con un incremento del 25% cada seis meses. Así, después de dos años de la entrada en vigor de la norma, el 100% de las cuotas sin interés estará incorporado al MNF. Esta norma entrará en vigor un año después de su publicación, es decir, en junio de 2026 comenzará a aplicarse la nueva fórmula y, 6 meses después, tendrá lugar el primer aumento del 25%.