Aseguran que Kast impulsará la restitución de la competencia de la Justicia Militar para Carabineros pese a obligaciones del Estado por condena de la Corte IDH (Palamara) Según informó el medio Ex-Ante el 25 de abril de 2026, el Presidente José Antonio Kast prepara en el marco del aniversario 99° de Carabineros, una batería de propuestas que complementará su agenda de seguridad. De acuerdo a «altas fuentes de Gobierno» citadas por Ex-Ante, Kast tiene previsto presentar dos medidas: «a nivel laboral, bonificaciones en las remuneraciones de los efectivos policiales» y «a nivel jurídico, “el retorno a la justicia militar de las causas judiciales que involucren a funcionarios de Carabineros o la PDI en actos de servicio«. El mismo medio, replicado por Tele 13, señala que se trata de «un proyecto que desatará fuerte polémica y probablemente será muy resistido por la oposición».

Ex-Ante recuerda que en su campaña electoral, el mandatario presentó el plan «Fuerza Nacional», donde señalaba: «nuestros carabineros y policías arriesgan la vida todos los días en las calles, enfrentando al crimen organizado, al narcotráfico y a la violencia sin tregua. No podemos seguir tratándolos como unos funcionarios más». Además, según el mismo medio, el plan «Desafío 90» —que compilaba acciones para los primeros tres meses del mandato— afirmaba entre sus prioridades: «Presentación de un proyecto de ley o corregir el existente para encontrar mecanismos de respaldo judicial al uso legítimo de la fuerza por parte de funcionarios de las FF.

AA. y de Orden y Seguridad en actos de servicio (justicia militar)«. Frente a esta noticia difundida por ExAnte y Tele 13, el Diario Radio UCHILE, este 26 de abril de 2026, confirmó que este anuncio implica «el envío al Congreso de un proyecto de ley para devolver a la justicia militar las causas que involucren a efectivos policiales en actos de servicio«, cumpliendo una promesa de su campaña.

Cabe señalar, que está en vigencia una polémica ley, la denominada La Ley Naín-Retamal (N° 21. 560), promulgada en abril de 2023, que según señala, fortalece la función policial en Chile estableciendo la «legítima defensa privilegiada» para Carabineros, PDI y Gendarmería, existiendo una serie de agentes absueltos con la aplicación de esta ley. Críticos y organismos de DDHH advierten que esta norma puede generar impunidad al limitar la rendición de cuentas, presumiendo la corrección del actuar policial.

Así funcionaría el sistema que propone el Gobierno Ex-Ante detalla el funcionamiento del proyecto: «El traspaso a la justicia militar de las causas que involucren a efectivos en servicio activo implicaría dejar fuera de los procesos al Ministerio Público y que los casos se tramiten en un sistema jurisdiccional especial, regulado por el Código de Justicia Militar y la Ley Orgánica de Tribunales Militares». Según la misma fuente, «los casos pueden iniciarse por denuncias, detenciones en flagrancia o de oficio por los fiscales militares» y, durante el proceso, «los funcionarios policiales pueden declarar por escrito o a través de sus abogados, lo que les permite mantenerse en servicio activo sin afectar la dotación». Diario UCHILE, en su publicación, advierte que esta medida «anticipa un duro debate en el Congreso Nacional respecto a la transparencia, los derechos humanos y el control civil sobre las policías».

El precedente internacional que Chile ya enfrentó Según el documento de análisis proporcionado (que cita jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos), Chile ya fue condenado por exactamente esta materia. La fuente señala que en el caso Palamara Iribarne vs. Chile (2005), la Corte IDH determinó que la justicia militar viola el derecho al juez natural cuando juzga a civiles, ya que los tribunales militares «carecen de la independencia e imparcialidad necesarias para garantizar un juicio justo a personas ajenas a la institución».

El mismo documento agrega que, como resultado de esta condena, Chile dictó la Ley N° 20. 477 el 30 de diciembre de 2010, que estableció que «en ningún caso, los civiles y los menores de edad quedarán sujetos a la competencia de los tribunales militares». La corrección de 2016 que el proyecto de Kast revertiría Cabe destacar, que la Ley 20.

477 fue insuficiente, porque «no transfirió a la justicia civil los casos de abuso cometidos por Carabineros contra civiles». Recién en noviembre de 2016, según fuentes de prensa de la época, «la presión internacional (del Subcomité de la ONU contra la Tortura) llevó a la dictación de la Ley N° 20. 968«, que modificó el artículo 1 de la ley anterior añadiendo la frase «sea víctima o imputado».

Así se concluye que a partir de este momento, ni siquiera la presencia de una víctima civil (por ejemplo, un manifestante herido) permite que un caso de Carabineros quede en la justicia militar. “Si hay un civil involucrado (como víctima o como acusado), el caso debe ir a la justicia ordinaria». Este es exactamente el estándar que el proyecto anunciado por Kast buscaría revertir.

¿Qué dice el derecho internacional y la situación regional? La Convención Americana sobre Derechos Humanos y jurisprudencia de la Corte IDH (incluyendo el caso Palamara vs. Chile 2005 y Radilla Pacheco vs.

México, 2009), señala que «la jurisdicción militar solo debe juzgar a militares en servicio activo por delitos de función que afecten bienes jurídicos propios del ámbito castrense». Agrega que «en casos de tortura, ejecuciones extrajudiciales o desapariciones forzadas, el derecho internacional (Principios de París, Estatuto de Roma) exige que sean juzgados por tribunales civiles ordinarios, excluyendo absolutamente cualquier fuero militar». Diversos países han asumido el principio de progresividad en estas materias y Argentina, Brasil, Colombia, Chile (desde 2016), Perú, Uruguay, Costa Rica, Panamá» ya no juzgan a civiles en justicia militar.

Y concluye: «Actualmente, ningún país democrático estable de la región permite que un policía que golpea a un civil sea juzgado en tribunales militares si la víctima es civil». Cabe mencionar que una situación así, no solo generaría aperturas a la competencia de la Corte Interamericana, también abriría flancos en diversos mecanismos y procedimientos de derechos humanos, por ser un acto de retroceso institucional de gravísimas consecuencias. El respaldo político y el contexto de seguridad Ex-Ante señala que el gesto de Kast «estará acompañado por un fuerte despliegue de ministros y subsecretarios con efectivos policiales, como señal del respaldo político masivo a las instituciones».

El mismo medio indica que «la idea, dicen las mismas fuentes, es recuperar el sentido de autoridad y mostrar que el Estado tiene el control de la seguridad, eje clave de la administración Kast», y que en La Moneda buscan «dotar de épica y mística al trabajo policial». Diario UCHILE recordó que la ministra de Seguridad, Trinidad Steinert, «sostuvo este viernes un almuerzo estratégico con el general director de Carabineros, Marcelo Araya; el director de la PDI, Eduardo Cerna; y el fiscal nacional, Ángel Valencia» (información cruzada con La Tercera). Ex-Ante finaliza señalando que la ministra «lanzó el plan Escudo en Ruta, que contempla controles carreteros, y ha supervisado operativos y redadas en distintas regiones».

El caso Alex Lemún: La justicia militar y la intervención de la Corte Interamericana El 12 de noviembre de 2002, tras cinco días de agonía, falleció en Temuco Alex Lemun Saavedra, joven mapuche de 17 años, víctima de un disparo en la cabeza, efectuado por el oficial de Carabineros Marco Treuer Heysen, durante una recuperación territorial en un predio de Forestal Mininco, en Ercilla. Su muerte marcó el inicio de una nueva etapa de militarización, persecución judicial y criminalización al movimiento mapuche, bajo la aplicación de la Ley Antiterrorista y el denominado “Plan Paciencia”, impulsado por sectores gubernamentales y empresariales para frenar las movilizaciones por tierras ancestrales. Pese a haber causado la muerte de un adolescente desarmado, Treuer fue protegido y ascendido dentro de Carabineros, alcanzando el grado de teniente coronel y ocupando cargos directivos en la institución.

El caso quedó en la impunidad durante años, amparado por la Justicia Militar, en cuyo proceder se absolvió a agentes del Estado involucrados en violaciones a los derechos humanos. En 2006, organizaciones mapuche y defensoras de derechos humanos llevaron el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), denunciando la falta de justicia y la incompatibilidad del fuero militar con los estándares internacionales. En 2017, a requerimiento de la CIDH, la Corte Suprema ordenó reabrir el caso en la justicia civil, lo que permitió finalmente enjuiciar a Treuer.

Tras años de maniobras judiciales, apelaciones y una condena inicial sin prisión efectiva, un nuevo juicio en 2022 -exactamente veinte años después del crimen – condenó al exoficial a siete años de presidio efectivo. El fallo simbolizó una respuesta a larga impunidad y a la persistencia de la demanda mapuche por verdad, justicia y dignidad.