La minera cuestiona que no existan mecanismos explícitos que aseguren la consideración efectiva de concesiones y derechos vigentes, lo que abre interrogantes sobre la continuidad de sus operaciones. "La ausencia de esta definición genera incertidumbre respecto del alcance del nuevo régimen de protección y su interacción con situaciones jurídicas preexistentes, por lo que se estima necesario explicitar este aspecto, en concordancia con el principio de seguridad jurídica", señalaron. El diagnóstico es compartido por otros sectores estratégicos.
Transelec, por ejemplo, plantea dudas sobre si infraestructura crítica como líneas de transmisión podría ser considerada incompatible con áreas protegidas, lo que afectaría su construcción y mantenimiento. En la misma línea, Aguas Andinas advierte que el reglamento debe garantizar expresamente la continuidad de la infraestructura sanitaria, clave para el abastecimiento de agua potable. Mientras que Generadoras de Chile —que agrupa a más del 70% de la generación eléctrica del país— planteó que tanto los actos de creación de áreas protegidas como los planes de manejo deben respetar la continuidad de las actividades económicas existentes.
Sin esa definición, advierte el gremio, queda en el aire el futuro de centrales generadoras, líneas de transmisión y proyectos de energías renovables en territorios que podrían quedar bajo protección. El riesgo que advierte Sofofa Uno de los cuestionamientos más sensibles proviene de la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa), que advierte que el reglamento podría afectar derechos adquiridos y generar restricciones significativas sobre la propiedad privada. El gremio industrial argumenta que imponer restricciones sobre propiedades privadas aledañas a las áreas protegidas, sin el consentimiento del propietario y sin compensación, podría configurar, en la práctica, una expropiación sin la debida compensación no contemplada en la ley.
La preocupación se intensifica en torno a las denominadas "zonas de amortiguación" y a la amplitud de conceptos como "infraestructura industrial" o "actividades incompatibles", que, según el gremio, podrían ser interpretados de forma extensiva, ampliando el alcance de las restricciones más allá de lo previsto en la ley. El nudo de las zonas de amortiguación El punto más conflictivo del borrador es precisamente el tratamiento de las zonas de amortiguación. El texto menciona que los planes de manejo podrán contener "propuestas de restricciones parciales" en esas zonas considerando criterios científico-técnicos, pero no establece su extensión geográfica ni el tipo concreto de medidas que podrán imponerse.
Desde la industria salmonera, particularmente en Magallanes, las observaciones apuntan a deficiencias técnicas en la formulación del reglamento. Entre ellas, la ausencia de exigencias claras como líneas de base ambiental para justificar la creación de áreas protegidas, así como la falta de consideración temprana de las actividades productivas existentes. El sector advierte que estos vacíos podrían traducirse en decisiones con baja certeza jurídica, afectando la continuidad de operaciones en territorios donde la acuicultura constituye una actividad económica relevante.
Desde la minería, la Compañía Minera del Pacífico señala que la cláusula que permite al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) establecer criterios adicionales por resolución interna configura "una habilitación excesivamente abierta" que introduce incertidumbre jurídica. Asimismo, otro punto polémico son las llamadas medidas provisionales: restricciones que el SBAP podría imponer desde el momento en que se crea un área protegida, mientras se elabora el plan de manejo definitivo, proceso que según los propios plazos del reglamento puede extenderse por más de 18 meses. Las Generadoras, la Compañía Minera del Pacífico, Sofofa y los salmonicultores cuestionaron directamente la legalidad de esta figura, argumentando que la Ley N° 21.
600 no otorga al SBAP esa potestad. En la práctica, advierten, estas medidas podrían operar como planes de manejo encubiertos, dictados unilateralmente y sin los estándares de participación que la ley exige para esos instrumentos. Como contraparte, organizaciones como Greenpeace han planteado una crítica en sentido contrario, señalando que el reglamento resulta insuficiente para garantizar una protección efectiva de la biodiversidad.
A su juicio, el diseño actual mantiene espacios de flexibilidad que podrían debilitar la conservación frente a presiones productivas. El proceso de consulta pública se extenderá hasta el 28 de abril, tras lo cual el Ejecutivo deberá sistematizar las observaciones y definir el texto definitivo del reglamento.