¿Se puede aplicar la reducción de jornada antes de los plazos oficiales? La normativa vigente —la Ley N°21. 561— establece que no hay impedimentos legales para que las empresas reduzcan la jornada laboral antes de lo previsto en el cronograma.
Esto significa que los empleadores tienen la facultad de anticipar el beneficio, siempre que se respete el nuevo límite de horas semanales y las condiciones laborales acordadas. En este contexto, la ley fija la obligatoriedad de cumplir con la reducción de jornada, pero no exige que las empresas se ajusten estrictamente a los plazos de implementación progresiva, abriendo la puerta a una aplicación más rápida de estos cambios.