En el contexto del proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, es necesario mirar con atención el tristemente célebre artículo 8, que propone crear una nueva excepción en la Ley de Propiedad Intelectual de Chile. En éste, se pretende habilitar a los desarrolladores y operadores de modelos de inteligencia artificial para el uso sin autorización ni compensación económica de todo tipo de obras y producciones intelectuales protegidos por el derecho de autor. Lee también...

Megarreforma y propiedad intelectual: la norma que permitiría a la IA usar obras sin permiso ni pago Viernes 24 Abril, 2026 | 06:01 El hecho que esta propuesta regrese como un zombie -sin modificaciones a la iniciativa presentada por el gobierno anterior- después de habérsela declarado técnicamente muerta es bastante llamativo, y podría generar una reflexión más profunda sobre los verdaderos autores de la misma. Más allá de la sorpresa que ha generado la propuesta en la comunidad creativa de toda la región Latinoamericana, debemos manifestar nuestra legítima preocupación ante este nuevo intento de presentar al sistema de protección del derecho de autor -pilar fundamental de la cultura de las naciones- como un obstáculo para el desarrollo tecnológico. Es oportuno recordar que iguales posturas se asumieron varias veces en el pasado cuando nuevos sectores tecnológicos comenzaban a dar sus primeros pasos en la construcción de sus negocios.

Pero lo cierto es que no solo el derecho de autor demostró siempre su capacidad para regular eficazmente estas nuevas realidades, sino que, al contrario de obstaculizar su desarrollo, se convirtió en un aliado poderoso generando soluciones de licenciamiento ágiles para el uso autorizado y remunerado de todo tipo de obras y producciones. Sin embargo, la falsa dicotomía entre derecho de autor y progreso tecnológico se suele sacar del cajón cuando nuevos avances pretenden abrirse paso con un mensaje que francamente en este caso resulta aterrador: Sacrificar a la cultura y a los creadores porque eso permitirá el desarrollo de la inteligencia artificial en Chile. Es un hecho que importantes empresas de tecnología están celebrando acuerdos de licencia con titulares de derechos de autor y conexos con la finalidad que sus desarrollos de inteligencia artificial generativa respeten los derechos que protegen las obras, producciones artísticas y fonogramas con la debida consideración por una remuneración adecuada.

Lee también... Artículo octavo: una tenebrosa coincidencia Martes 28 Abril, 2026 | 12:38 Estas licencias tienen como sustento los derechos de propiedad intelectual existentes en las leyes nacionales. El sistema funciona y puede probar una vez más su capacidad de adaptarse a los desarrollos tecnológicos que son una constante en la historia de la humanidad.

Siendo esto así, la razón más obvia para impulsar la propuesta del artículo 8 es meramente económica: Abaratar los costos de desarrollo e implementación de la inteligencia artificial, haciendo que la data de entrenamiento tenga costo cero. Es una pena que la fiesta de la inteligencia artificial la pague el sector cultural, sus creadores, artistas y productores, sin estar siquiera invitados.